56% de profesionales liberales declaró cero impuestos sobre las utilidades del 2011 al 2015

Un informe de la Contraloría General de la República (CGR) evidenció que en el período 2011-2015, en promedio anual, un 56% de las personas físicas y jurídicas con actividad lucrativa, que prestan servicios profesionales declararon cero impuesto a las utilidades. En total 10.893 contribuyentes declararon cero de impuesto de utilidades reiterativamente en los cinco períodos del estudio; 8.681 lo hicieron en cuatro períodos y 9.797 en tres períodos.

Destaca que en el periodo fiscal 2015, 53.005 contribuyentes (86% del total), tienen el 48% de los activos y el 30% de los ingresos brutos de todo el grupo; no obstante, aportan solamente el 9% del impuesto (¢52.128 en promedio por año).

El estudio estudia declaraciones al impuesto de las utilidades de las personas físicas y jurídicas con actividad económica lucrativa, que prestan servicios profesionales pertenecientes a las actividades de Medicina, Odontología, Ingeniería, Arquitectura, Abogacía, Notariado, Contabilidad, Auditoría, Informática y afines y Veterinaria, en el periodo del 2011 al 2015. Además, se analizaron las acciones de mejora en el control y los resultados de fiscalización que ha realizado la Administración tributaria sobre este grupo de contribuyentes.

La Contraloría señala que sin embargo, tanto el control como el cobro tributario se han visto limitados, en razón de que el dictado de actos finales en relación con la liquidación de impuestos, se encuentran suspendidos, debido a la acción de inconstitucionalidad presentada contra el artículo 144 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la cual está en trámite.

La entidad también advierte que existen limitaciones importantes en la tecnología y los sistemas que dispone la Administración para la gestión y el control tributarios, lo cual requiere una atención prioritaria de las autoridades del Ministerio de Hacienda y la Administración Tributaria.

¿Qué debe hacer el gobierno?

El informe indica al director General de Tributación que  elabore y ejecute un plan selectivo de control tributario (que incluya acciones de control extensivo e intensivo) sobre aquellos contribuyentes que prestan servicios profesionales, con actividad económica lucrativa y que han declarado cero en el Impuesto sobre las Utilidades.

Además, pide que el funcionario defina e implemente, para las actividades de servicios profesionales, mecanismos adicionales a los existentes, que promuevan e incentiven el uso de medios de pago electrónicos de las transacciones y que permitan un mayor control tributario, conforme a las facultades de la Administración Tributaria. Este informe será objeto de seguimiento de las disposiciones por parte de la CGR.

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