Reconocimiento de activos

Reconocimiento de activos:

Discrepancia entre lo establecido en las Normas Internacionales de Contabilidad (NIIC y NIIF), el requerimiento bancario y el tributario

A pesar de que obligatoriamente de deben aplicar tales Normas en Costa Rica, los empresarios deben enfrentarse a cuestionamientos bancarios y tributarios, por el hecho de reconocer en sus estados financieros, activos que legamente no están a nombre de la empresa, aspecto que genera una inconformidad con el sistema bancario, y entorpece tramites financieros, por cuanto están acostumbrado a exigir la tenencia legal del bien, misma situación ocurre con la Administración Tributaria.

¿Cómo se va a solucionar esta discrepancia en esas dos instancias?

El Banco cuestiona, a pesar de ser conocedores de que las empresas deben emitir sus estados financieros con base a Normas internacionales, porque la empresa tiene registradas contablemente propiedades que legalmente no están a nombre de la empresa, pero que a su vez la empresa explota y recibe ingresos provenientes de tal uso, ignorado lo establecido en la normativa contables. El Marco Conceptual y la NIC 16 “Propiedad Planta y Equipo”, claramente establecen que en un activo debe ser reconocido por la empresa que disfruta de los flujos de efectivo, enfatiza en que la tendencia legal de ese activo no es un indicador de disfrute de los beneficios económicos, señala que se puede contar con la posición registral, peor sino se recibe los beneficios económicos la empresa no debe reconocer ese bien como un activo los estados financieros.

Definición de Activos

Los activos representan recursos controlados por la empresa producto de sucesos pasados de los cuales espera obtener beneficios económicos futuros. Para que una empresa pueda reconocer  un activo, el flujo de los beneficios debe ser probable y la partida debe tener un costo o valor que pueda medirse con fiabilidad.

En algunas circunstancias, el control del activo es concomitante con la titularidad jurídica del recurso, no obstante esta última no es esencial a efecto de determinar la existencia y control del activo.

Una empresa controla el recurso si puede, entre otros, decidir del propósito para el cual se destine el activo; debe obtener sustancialmente los beneficios que se espera fluyan de la propiedad; prohibir, a terceras personas, el acceso al activo y asumir sustancialmente los riesgos asociados con el activo.

Por su parte, jurídica sobre el activo no necesariamente es suficiente para que se cumplan las condiciones de control sobre el recurso, por ejemplo, una empresa puede ser la dueña jurídica del activo, pero si los riesgos y beneficios asociados al activo se han transferido sustancialmente, la organización no puede reconocer el activo, así legalmente sea dueña del mismo. Las empresas deben realizar juicios profesionales para determinar si un recurso cumple con las condiciones para el reconocimiento de activo, de igual forma, las normas de contabilidad establecen criterios generales que orientan a la aplicación de dicho juicio profesional.

Como se ve la norma deja de lado la titularidad y enfatiza en que el activo debe ser reconocido por la empresa que disfruta de los beneficios de ese activo. Por su parte y en congruencia, la NIC 16 indica, que el reconocimiento de un activo en los estados, financieros, es cuando se tenga certeza de que los beneficios de efectivo a la empresa y que se conoce el costo del activo. De igual forma indica que debe darse de baja, de la partida de Activos Propiedad Planta y Equipo, un activo en aquella empresa que tenga reconocido como activo un bien que no le genere flujos de efectivo, a pesar de tener la titularidad

Reconocimiento

Un elemento de propiedades, planta y equipo se reconocerá activo si, y sólo si:

(a) sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos futuros derivados del mismo; y

(b) el costo del elemento puede medirse con fiabilidad.

Dichos elementos de propiedades, planta y equipo cumplen las condiciones para su reconocimiento como activos porque permiten a la entidad obtener a la entidad obtener beneficios económicos.

Baja en cuenta

El importe en libros de un elemento de propiedades, planta y equipo se dará de baja en cuentas:

(a) por su disposición; o

(b) cuando no se espere obtener beneficios económicos futuros por su uso o disposición.

En los estados financieros se revelará también:

(a) la existencia y los importes correspondientes a las restricciones de titularidad, así como las propiedades, planta y equipo que están afectos como garantía al cumplimiento de obligaciones.

Share This Post

Related Articles