Implementación de Regulaciones Fiscales para Plataformas Digitales en Costa Rica

Introducción

En un esfuerzo por combatir la evasión fiscal y promover la equidad tributaria, Costa Rica ha implementado nuevas regulaciones para las plataformas digitales que operan en el país. A partir del 1 de enero de 2025, plataformas como Airbnb, Uber, Amazon Marketplace, Netflix y muchas otras deberán recopilar información detallada sobre los vendedores que generan ingresos a través de sus servicios. Esta medida busca garantizar que todos los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales y reducir la informalidad en la economía digital.

Detalles de la medida:

A partir del 1 de enero de 2025, las plataformas digitales que operan en Costa Rica, como Airbnb, Vrbo, Booking.com, Expedia, Uber, Didi, Amazon Marketplace y muchas otras, estarán obligadas a implementar procedimientos de debida diligencia para recopilar información detallada sobre los vendedores que utilizan sus servicios. Esta obligación se establece en la resolución MH-DGT-RES-0025-2024, emitida por el Ministerio de Hacienda el 6 de noviembre de 2024, con el objetivo de combatir la evasión fiscal y promover la equidad tributaria en el sector digital.

Plataformas digitales afectadas:

Esta normativa aplica a diversas plataformas, incluyendo:

  • Alojamiento y turismo: Airbnb, Vrbo, Booking.com, Expedia, HomeAway, TripAdvisor Rentals.
  • Transporte y movilidad: Uber, Didi, Bolt, Cabify, Lyft, Indriver.
  • Entrega de comida y productos: Rappi, Uber Eats, Glovo, PedidosYa, Didi Food.
  • Venta de bienes físicos y digitales: Amazon Marketplace, eBay, Etsy, Mercado Libre, Shopify.
  • Streaming de contenido audiovisual y música: Netflix, Disney+, HBO Max, Prime Video, Spotify, Apple Music, YouTube Premium, Twitch.
  • Freelancers y servicios digitales: Upwork, Fiverr, Freelancer.com, Workana, Toptal.
  • Educación en línea: Udemy, Coursera, Teachable, Skillshare, Khan Academy.
  • Juegos en línea y microtransacciones: PlayStation Network, Xbox Live / Game Pass, Steam, Epic Games Store, Roblox.
  • Crowdfunding y financiamiento colectivo: Patreon, GoFundMe, Kickstarter, Indiegogo.

Reportes trimestrales y anuales

Las plataformas digitales estarán obligadas a presentar informes periódicos sobre los vendedores y los ingresos generados a través de ellas.

1. Reportes trimestrales

Las plataformas deberán presentar cuatro reportes trimestrales al año, conteniendo información detallada sobre las transacciones realizadas por los vendedores dentro del período correspondiente. Los plazos de entrega serán los siguientes:

  • Primer trimestre: Información de enero a marzo, entregada a más tardar el 30 de abril.
  • Segundo trimestre: Información de abril a junio, entregada a más tardar el 31 de julio.
  • Tercer trimestre: Información de julio a septiembre, entregada a más tardar el 31 de octubre.
  • Cuarto trimestre: Información de octubre a diciembre, entregada a más tardar el 31 de enero del siguiente año.

Cada reporte incluirá:

  • Identificación del vendedor.
  • Montos totales acreditados en el trimestre.
  • Número de transacciones realizadas.
  • Comisiones cobradas por la plataforma.
  • Información de la cuenta bancaria donde se efectuaron los pagos.

2. Reporte anual

Además de los reportes trimestrales, las plataformas deberán presentar un informe consolidado anual antes del 30 de abril del año siguiente a través del Sistema de Intercambio de Información Financiera (SIIF) del Ministerio de Hacienda.

El primer reporte anual, que cubrirá las actividades del año fiscal 2025, deberá ser presentado antes del 30 de abril de 2026.

El contenido del reporte anual incluirá:

  • Información consolidada de los cuatro reportes trimestrales.
  • Identificación detallada de cada vendedor activo en la plataforma.
  • Total de ingresos obtenidos por cada vendedor durante el año.
  • Número total de transacciones realizadas.
  • Detalle de impuestos retenidos o aplicados, si corresponde.
  • Cualquier otra información adicional que Hacienda requiera.

Alcance retroactivo

En casos específicos solicitados por el Ministerio de Hacienda, la información podría cubrir retroactivamente los ingresos desde el año 2022.

Conclusión

La implementación de estas regulaciones marca un hito en la fiscalización de la economía digital en Costa Rica. Con esta medida, el país se alinea con las directrices de la OCDE y promueve la transparencia en las transacciones digitales. Se espera que esto contribuya a una competencia más justa entre proveedores de servicios y garantice que todos los actores del mercado cumplan con sus obligaciones fiscales.

Es fundamental que los vendedores que operan en estas plataformas se informen y cumplan con sus responsabilidades tributarias para evitar sanciones y contribuir al desarrollo económico del país.

Fuentes

  • Ministerio de Hacienda de Costa Rica (www.hacienda.go.cr)
  • Resolución MH-DGT-RES-0025-2024
  • OCDE – Reglas de intercambio de información tributaria en plataformas digitales (www.oecd.org)
  • KPMG Costa Rica – Regulaciones fiscales en plataformas digitales
  • Observador.cr – Tributación y plataformas digitales en Costa Rica

Firma:
Jorge Gutiérrez Guillén
JGutierrez Auditores Consultores S.A.
Correo: jgutierrez@consultoresjg.com
Teléfono: +506 2552-5433
Sitio Web: consultoresjg.com

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