¡Atención contribuyentes! Nuevo sistema de facturación electrónica 4.4 se implementará en junio

A partir del próximo 1. ° de junio, 450.000 contribuyentes deberán adaptarse al nuevo sistema de facturación electrónica 4.4, una medida impulsada por la Dirección General de Tributación con el objetivo de modernizar y fortalecer el control fiscal. Esta actualización introduce 146 cambios respecto a la versión 4.3 y busca mejorar la trazabilidad de las operaciones comerciales, reducir errores y automatizar procesos para los contribuyentes.

Principales cambios en la facturación electrónica

El nuevo sistema 4.4 introduce modificaciones en todas las secciones de los comprobantes electrónicos. A continuación, se detallan los cambios clave:

1. Nuevas categorías de identificación

  • Se suman dos tipos de identificación además de la cédula física o jurídica, DIMEX y NITE:
  • Extranjeros no domiciliados: Personas que operan en el país sin residencia fiscal.
  • No contribuyentes del régimen tributario: Entidades o personas que, por su naturaleza, no están sujetas a las obligaciones fiscales convencionales.

2. Registro del proveedor de software

  • Se deberá indicar quién suministra la plataforma utilizada para generar la factura electrónica, asegurando mayor control de los sistemas utilizados.

3. Código de actividad del receptor

  • Las facturas ahora deben incluir el código de actividad económica del receptor, basado en una clasificación oficial del Ministerio de Hacienda.

4. Nuevo comprobante electrónico: Recibo de pago

  • Se introduce un nuevo documento electrónico para:
    • Ventas a crédito con pago de IVA diferido a 90 días.
    • Control interno contable: Permite a empresas llevar un registro más preciso de los pagos recibidos.

5. Mayor detalle en métodos de pago

  • Se agregan dos nuevas casillas:
    • Sinpe Móvil: Para registrar transacciones a través de esta plataforma de pago móvil.
    • Plataformas digitales de pago: Incluye pagos realizados mediante aplicaciones fintech.

6. Identificación de ventas en combos y descuentos

  • Cada producto en un combo o paquete debe ser identificado individualmente en la factura.
  • Se deben especificar los tipos de descuentos aplicados:
    • Descuento por volumen.
    • Descuento por temporada.
    • Descuento comercial o por promoción.

Período de transición y obligatoriedad

Desde el 1 de abril hasta el 31 de mayo, las versiones 4.3 y 4.4 cohabitarán, permitiendo la transición paulatina. No obstante, desde el 1 de junio, el uso de la versión 4.4 será obligatorio para todas las personas físicas y jurídicas obligadas a facturar.

Sanciones por incumplimiento

El Código Tributario establece sanciones para los contribuyentes que incumplan con la facturación electrónica. Las penalizaciones incluyen:

1. Multa por no emitir comprobantes

  • Quienes no emitan facturas o comprobantes enfrentarán una multa equivalente a dos salarios base (¢924.400).

2. Multa por no presentar información en el plazo establecido

  • Si la información no es presentada a tiempo, se aplicará una multa equivalente al 2% de los ingresos brutos del periodo fiscal anterior, con un mínimo de 3 salarios base (¢1.386.600) y un máximo de 100 salarios base (¢46.200.000).

3. Clausura del establecimiento

  • En caso de reincidencia, la Administración Tributaria podrá proceder al cierre del establecimiento comercial por un periodo de hasta cinco días naturales.

Recomendaciones para los contribuyentes

Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos, recomienda:

  • Seleccionar un proveedor confiable de facturación electrónica que garantice el cumplimiento con los nuevos requisitos.
  • Consultar con un auditor o contador para revisar si el sistema de facturación está alineado con la versión 4.4.
  • Realizar pruebas antes de junio para evitar errores y sanciones al momento de la implementación obligatoria.

Conclusión

El cambio al sistema 4.4 de facturación electrónica representa un reto para los contribuyentes, pero también una oportunidad para mejorar la eficiencia y seguridad en la gestión fiscal. Adoptar esta actualización de manera proactiva evitará sanciones y facilitará la transición al nuevo esquema regulado por la Dirección General de Tributación.

El nuevo sistema incorpora modificaciones en todas las secciones de los comprobantes electrónicos, incluyendo encabezado, detalle de la mercancía o servicio, resumen, monto total e información de referencia. Entre los cambios más relevantes destacan:

  • Nuevas categorías de identificación: Además de la cédula (física o jurídica), Dimex y NITE, se agregan las opciones para extranjeros no domiciliados y no contribuyentes del régimen tributario.
  • Registro del proveedor de software: Se deberá indicar quién suministra la plataforma utilizada para generar la factura electrónica.
  • Código de actividad del receptor: Cada factura debe incluir el código de actividad económica de la empresa o persona que recibe el comprobante.
  • Nuevo «recibo de pago»: Un nuevo comprobante electrónico que se usará en ventas a crédito con pago de IVA diferido a 90 días y en control interno contable.
  • Detalle de métodos de pago: Se incorporan Sinpe Móvil y plataformas digitales a las opciones ya existentes (transferencia, tarjeta y efectivo).
  • Identificación de combos y descuentos: Se deberá detallar cada producto que compone un paquete especial y especificar los descuentos aplicados (por volumen, temporada, comercial, etc.).

Período de transición y obligatoriedad

A partir del 1 de abril, las versiones 4.3 y 4.4 convivirán temporalmente para facilitar la adaptación. Sin embargo, desde junio, la versión 4.4 será obligatoria para todos los contribuyentes, sean personas físicas o jurídicas, dependiendo de su actividad.

El Colegio de Contadores Privados recomienda a los contribuyentes informarse y buscar asesoría contable para garantizar la correcta aplicación de los cambios.

Sanciones por incumplimiento

El Código Tributario establece multas severas para quienes no cumplan con la normativa de facturación electrónica:

  • No emitir comprobantes: Multa de dos salarios base (¢924.400).
  • Incumplimiento en presentación de información: Penalización del 2% de los ingresos brutos del periodo anterior (mínimo de 3 salarios base, ¢1.386.600, y máximo de 100 salarios base, ¢46.200.000).
  • Reincidencia en la omisión de comprobantes: Clausura del local comercial hasta por cinco días naturales.
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Recomendaciones para los contribuyentes

Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos, enfatiza la importancia de elegir un buen proveedor de facturación electrónica y contar con el apoyo de un auditor o contador para garantizar el cumplimiento de la normativa.

Fuente: El Financiero

Jorge Gutiérrez Guillén

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