Claves para elegir un proveedor de factura electrónica en la transición a la versión 4.4
El próximo septiembre entrará en vigencia la obligatoriedad de utilizar el sistema de facturación electrónica 4.4 en Costa Rica, tras la prórroga de tres meses otorgada por Tributación. Con 146 cambios implementados, la nueva versión busca reducir errores de los contribuyentes y proporcionar datos más precisos al Ministerio de Hacienda.
Uno de los puntos más críticos de esta transición es la elección del proveedor de facturación electrónica. Aunque el sistema ha estado en funcionamiento desde 2019, hasta el momento no existe un control regulado sobre estos proveedores. Durante el foro de facturación organizado por El Financiero, especialistas de PwC, Deloitte y el Colegio de Contadores Públicos resaltaron la importancia de seleccionar cuidadosamente un socio de facturación adecuado.
La falta de regulación sobre los proveedores
Actualmente, cualquier persona con conocimientos en programación puede desarrollar un sistema y ofrecerlo como proveedor de facturación electrónica, sin necesidad de certificación o regulación oficial. Luis Paniagua, gerente del área de impuestos de PwC Costa Rica, señaló que uno de los cambios de la versión 4.4 es la inclusión del nombre del proveedor en el encabezado del documento, lo que podría generar mayor transparencia en el futuro.
Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, advirtió que algunos contribuyentes creen que su información está correctamente respaldada cuando en realidad no lo está, o bien, descubren que el proveedor les cobra montos adicionales por acceder a sus propios datos. “El problema es que los contribuyentes no siempre tienen el conocimiento técnico para evaluar la calidad del servicio que están contratando”, afirmó Zamora.
Obligaciones de los proveedores
De acuerdo con el Reglamento de Comprobantes Electrónicos para Efectos Tributarios (41820-H), las empresas que ofrecen estos servicios deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar inscritas en el Registro Único Tributario y tener un correo electrónico registrado.
- Informar a la Administración Tributaria su condición de proveedor de sistemas de facturación electrónica.
- Facilitar la revisión de su sistema por parte de la Administración Tributaria cuando sea requerido.
- Garantizar que los emisores receptores electrónicos puedan descargar y respaldar sus documentos conforme a los plazos establecidos.
- Llevar un registro de control de clientes y cumplir con todas las disposiciones establecidas en el reglamento.
A pesar de estos requerimientos, en 2018 la Administración Tributaria resolvió que no solicitaría certificaciones a los proveedores, sino que mantendría un listado de los existentes y evaluaría su cumplimiento. En octubre de 2024, varios proveedores fueron fiscalizados para determinar si cumplían con las normativas.
Otros cambios clave en la facturación 4.4
La nueva versión de facturación electrónica introduce modificaciones significativas, como la obligación de informar pagos realizados por Sinpe Móvil, la inclusión de módulos especiales para ventas con descuentos y combos, entre otros ajustes.
Los contribuyentes deben prepararse con anticipación para estos cambios, ya que el incumplimiento de las nuevas disposiciones puede resultar en sanciones económicas o incluso en el cierre del negocio. La recomendación de los expertos es verificar que el proveedor de facturación electrónica cumpla con todas las disposiciones antes de contratar sus servicios, asegurando que la transición a la versión 4.4 se realice sin inconvenientes.
Fuente: El Financiero
Jorge Gutiérrez Guillen
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