DECLARACIÓN INFORMATIVA DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA – FORMATO Y CONTENIDO

Introducción: La Declaración Informativa de Precios de Transferencia es un instrumento clave en la fiscalidad internacional y nacional. Su propósito es garantizar que las operaciones entre partes vinculadas se realicen bajo condiciones de mercado, evitando la erosión de la base imponible y la transferencia artificial de beneficios a jurisdicciones con menores cargas fiscales. En este documento se detalla la normativa vigente en Costa Rica, los requisitos de presentación, el formato de la declaración y las implicaciones del incumplimiento.

1. Antecedentes y Marco Legal:

La regulación de los precios de transferencia es fundamental para garantizar que las transacciones entre partes vinculadas se realicen conforme al principio de libre competencia, evitando la erosión de la base imponible y la transferencia indebida de beneficios a jurisdicciones con menor carga fiscal. En Costa Rica, esta normativa ha evolucionado a lo largo de los años con el objetivo de alinearse a los estándares internacionales de la OCDE y fortalecer la transparencia fiscal.

  • 2013: Emisión del Decreto 37898-H, estableciendo disposiciones iniciales sobre precios de transferencia.
  • 2018: Ley N.º 9635 (Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas) introduce el artículo 81 bis en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), obligando a los contribuyentes a determinar sus ingresos y deducciones conforme al principio de libre competencia.
  • 2019: Publicación del Decreto Ejecutivo N.º 41818, incorporando normas sobre precios de transferencia en el reglamento de la LISR.
  • 2021: Resolución DGT-R-14-2021 establece requisitos y procedimientos para Acuerdos Previos sobre Precios de Transferencia.
  • 2025: Proyecto de resolución MH-DGT-RES-000-2025, en consulta pública desde el 12 de febrero de 2025, que introduce la obligación de presentar una declaración informativa anual en materia de precios de transferencia.

2. Contribuyentes Obligados:

  • Grandes contribuyentes nacionales o empresas bajo el régimen de zona franca.
  • Empresas cuyas operaciones con partes vinculadas superen los 1.000 salarios base en el año fiscal correspondiente.

3. Plazos de Presentación:

  • Dentro de los tres meses siguientes al término del período fiscal autorizado.
  • Para el período fiscal 2024, el plazo especial es de seis meses tras la entrada en vigor de la resolución final.

4. Medio de Presentación:

  • La declaración se presentará a través de la plataforma digital TRIBU-CR.

5. Sanciones por Incumplimiento:

  • Multa de medio salario base por no presentación.
  • Sanciones de 3 a 100 salarios base por incumplimiento total o parcial en el suministro de información.

6. Formato de la Declaración:

La declaración informativa de precios de transferencia está estructurada en diversas secciones, cada una con un propósito específico. Estas secciones permiten recopilar información clave sobre el contribuyente y sus operaciones con partes vinculadas, garantizando el cumplimiento del principio de libre competencia. A continuación, se detalla la estructura de la declaración y los campos que deben completarse en cada sección.

Sección A: Información General

CampoDetalle
Número de formularioI-PT-2025-00001
Período fiscal2025
Cédula del obligado3-101-123456
Nombre/Razón SocialEjemplo S.A.
Fecha de cierre31/12/2025
¿Rectificativa?No

Sección B: Empresas Vinculadas

CampoDetalle
Nombre empresa vinculadaRelacionada Ltda.
Cédula empresa vinculada4-102-654321
Actividad económicaFabricación de componentes
País de residenciaCosta Rica
Criterio de vinculaciónSubsidiaria al 100%

Sección C: Operaciones con Bienes Tangibles

CampoDetalle
Descripción de la operaciónVenta de componentes
Monto de la operación$500,000
Método aplicadoPrecio Comparable No Controlado
Precio comparable$510,000
Ajustes realizadosNo

Sección D: Operaciones con Servicios

CampoDetalle
Tipo de servicioConsultoría financiera
Monto de la operación$200,000
Método aplicadoMargen Neto de la Transacción
Análisis de comparabilidadAplicado

Sección E: Operaciones Financieras

CampoDetalle
Tipo de instrumentoPréstamo intercompañía
Monto y condiciones$1,000,000 – tasa 5%
Método aplicadoTasa de mercado comparable
Análisis de comparabilidadRealizado

Sección F: Operaciones con Intangibles

CampoDetalle
Descripción del intangibleLicencia de software
Monto de la operación$300,000
Método aplicadoPartición de Utilidades
Análisis de comparabilidadAplicado

7. Recomendaciones:

  • Evaluar si la empresa está dentro de los criterios de obligatoriedad.
  • Preparar con anticipación la documentación requerida.
  • Contar con el apoyo de especialistas en precios de transferencia.

8. Observaciones Finales y Conclusión:

  • La información presentada se basa en el proyecto de resolución en consulta pública hasta el 25 de febrero de 2025 y podría estar sujeta a cambios.
  • Se recomienda revisar el documento oficial de la DGT y recibir asesoría especializada para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.
  • Los contribuyentes deben mantenerse informados sobre futuras modificaciones en la regulación de precios de transferencia consultando periódicamente el sitio web de la Dirección General de Tributación y sus comunicados oficiales.

Fuentes:

  • Dirección General de Tributación de Costa Rica
  • Ley N.º 9635 (Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas)
  • Resolución DGT-R-14-2021
  • Proyecto de resolución MH-DGT-RES-000-2025

Conclusión: La Declaración Informativa de Precios de Transferencia es un requisito clave para garantizar el cumplimiento de las normativas fiscales y la equidad en las transacciones entre partes vinculadas. Su correcta presentación ayuda a evitar sanciones y refuerza la transparencia tributaria, alineando a Costa Rica con los estándares internacionales en materia de fiscalidad. Se recomienda a los contribuyentes mantenerse actualizados y buscar asesoría profesional para asegurar el correcto cumplimiento de esta obligación.

Jorge Gutiérrez Guillén

#PreciosDeTransferencia #Fiscalidad #NormativaTributaria #CostaRica #TransparenciaFiscal

Share This Post

Related Articles

Leave a comment

Hey, so you decided to leave a comment! That's great. Just fill in the required fields and hit submit. Note that your comment will need to be reviewed before its published.