Informe anual sobre prevención y control de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo
El informe anual sobre prevención y control de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, se considera confidencial, debe ser presentado al sujeto fiscalizado en el plazo máximo del 31 de marzo de cada año con corte a diciembre y debe estar a disposición de la Superintendencia respectiva para efectos de supervisión.
Apartados mínimos del informe anual. El informe debe referirse a los siguientes apartados:
a) Elaboración y mantenimiento del manual de cumplimiento.
b) Metodología para la clasificación del riesgo del cliente. Incluyendo la revisión de las políticas y procedimientos para tal fin.
c) Perfiles de riesgo de los clientes.
d) Procedimientos de identificación de clientes (Política conozca a su cliente).
e) Procedimientos para asegurar una debida diligencia más exhaustiva para las categorías de clientes de alto riesgo.
f) Políticas establecidas y procedimientos de control para abordar todo riesgo específico asociado con el uso indebido de los avances tecnológicos, especialmente en las relaciones o transacciones comerciales que no son cara a cara, tales como, servicios y transacciones por Internet, uso de cajeros automáticos, banca por teléfono, transmisión de instrucciones o solicitudes por fax o medios similares, uso de tarjetas prepagadas.
g) Servicios de transacciones electrónicas.
h) Procedimientos para el monitoreo de cuentas.
i) Medidas establecidas para el registro y notificación de las transacciones en efectivo únicas y múltiples, así como, de las transferencias realizadas desde y hacia el exterior.
j) Políticas y procedimientos de los reportes de las operaciones inusuales y sospechosas.
k) Desarrollo e implementación de programas de inducción y capacitación anual al personal.
l) Responsabilidades y funciones relacionadas con la Oficialía de Cumplimiento y sus funcionarios.
m) Responsabilidades y funciones relacionadas con el Comité de Cumplimiento.
n) Políticas de reclutamiento y selección de personal.
o) Deberes de la Auditoría Interna, Gerencia General y Junta Directiva u órgano equivalente.
p) Políticas sobre las relaciones comerciales con entidades extranjeras.
q) Descripción de las limitantes encontradas, que impiden que el Oficial de Cumplimiento desarrolle eficazmente sus funciones.
r) Resultados del seguimiento de hallazgos de informes anteriores.