Ojo con los Precios de Transferencia
La reciente resolución de Tributación Directa que regula todo lo referente a la declaración informativa sobre Precios de Transferencia, generó dudas entre algunos de los contribuyentes, que no saben si deben declarar, en este sentido cabe destacar que la declaración es obligatoria para tres grupos de contribuyentes: los grandes contribuyentes nacionales, las grandes empresas territoriales y a las empresas en régimen de zona franca, la cual la debe de presentar a más tardar el último día hábil de junio de cada año, comenzando en el año 2017 con la presentación de los datos de los periodos fiscales 2015 y 2016.
Ahora bien la obligatoriedad de contar con un estudio de precios de transferencia corresponde a partir del periodo fiscal 2014 y deben tenerlo todas las compañías que posean transacciones con empresas vinculadas (tanto locales como en el exterior).
Cabe recordar que el objetivo del estudio de precios de transferencia es demostrar que los precios pactados entre partes vinculadas corresponden a precios de mercado y el mismo debe ser conservado por el contribuyente hasta el momento en que la Administración Tributaria lo solicite y formará parte integral de la documentación soporte de su declaración del impuesto sobre la renta.
Si tiene algún tipo de duda adicional le podemos ayudar llamándonos a nuestro número (506) 2552-5433, donde podemos agendar una visita hasta su oficina sin costo adicional,
Encantados de poder servirle,
Jorge Gutiérrez Guillén