Precios de Transferencia Guatemala

Precios de Transferencia Guatemala

En este país Centroamericano empezaro a regir la legislación sobre precios de transferencia en el 2012, mediante el Decreto 10-2012 (Ley de Actualización Tributaria), La vigencia de las normas especiales de valoración entre partes relacionadas contenidas en el Capítulo VI, artículos 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66 y 67 de la Ley de Actualización Tributaria, Decreto Número 10-2012 del Congreso de la República de Guatemala, quedan suspendidas de su aplicación y vigencia durante el 2014, mediante el Decreto 19-2013, del 20 de diciembre de 2013. Todo esto volverá a tener efecto y ejecución el 1 de enero del 2015.

Todo esto se realiza con información del periodo 2015.

Conceptos y aclaraciones importantes:

Parte relacionada:

  • Una persona residente en Guatemala y una residente en el extranjero se consideran partes relacionadas, cuando se den los casos o tengan las características siguientes:
  • Cuando cinco o menos personas dirijan o controlen ambas partes relacionadas, o posean en su conjunto, directa o indirectamente, al menos el veinticinco por ciento (25%) de participación en el capital social o los derechos de voto de ambas personas.
  • Cuando una de ellas controle a otra, o posea, directa o indirectamente, al menos el 25% de sus derechos de voto o de su capital social.
  • Se consideran partes relacionadas cuando hay una consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado.
  • Cuando se trate de personas jurídicas, ya sea la residente en Guatemala o la extranjera, que pertenezcan a un mismo grupo empresarial.

Además de estas se consideran partes relacionadas:

  • Cualquier persona que resida en Guatemala y establecimiento que tengan un distribuidor exclusivo extranjero o nacional.
  • Cualquier establecimiento que posea una casa matriz en el extranjero.

Infracciones

Según el Código Tributario en su  artículo 71 señala las infracciones tributarias, las cuales se detallan a continuación:

Pago extemporáneo de las retenciones.

  • La sanción que impone la SAT por el incumplimiento de la normativa de precios de transferencia se encuentra en el Código Tributario, dicha sanción puede oscilar entre 5.000 y 10.000 quetzales, dependiendo de la cantidad de veces que cometa la infracción.
  • La mora.
  • La omisión del pago de tributos.
  • La resistencia a la acción fiscalizadora de la Administración Tributaria.
  • El incumplimiento de las obligaciones formales.
  • Las demás que se establecen expresamente en este Código y en las leyes tributarias específicas.

Presentación de la declaración informativa de precios de transferencia

Al 31 de marzo del 2016, con información del periodo 2015.

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