REQUIERES UNA CERTIFICACION DE INGRESOS Ó UN CPA?

SON DOS COSAS DIFERENTES

Es interesante, por lo menos para mí!, que me dedico a esta linda y «dura» profesión liberal del área de la Contaduría Pública, como se ha popularizado la terminología de llamarle a un documento “Certificación de Ingresos” como CPA. Ya uno entiende cuando contestamos el teléfono y clásicamente nos dicen, “requiero un CPA y cuanto cuenta?” por eso me pareció interesante escribir este pequeño artículo, para aclarar no solo al público sino inclusive a muchos oficiales de crédito.

Esto es para personas que abrir una cuenta bancaria, solicitar una tarjeta de crédito, hacer un préstamo para vivienda o vehículo, un crédito, sacar una tarjeta, o algún otro trámite y requieren que un Contador Público Autorizado (CPA), les realice el estudio correspondiente y les emita una Certificación de sus Ingresos Mensuales, que dadas las facultades del (CPA), este documento tiene lo que se llama Fé Pública.

Ahora bien, las personas que trabajan para una empresa pueden solicitarle al patrono una constancia de salario, pero quienes trabajan por cuenta propia son las que por lo general necesitan certificar sus ingresos.

El Contador público es el único profesional que, mediante la inscripción que acredita su competencia profesional y por ley queda facultada para dar fé pública,  de hechos propios del ámbito de su profesión, como lo es certificar ingresos, ya que la fé pública que otorga el contador, se traduce en confianza y expresa la variedad de su contenido, para que la entidad bancaria pueda tomar decisiones.

La certificación de ingresos debe contener ciertos requisitos como lo es que sea emitida en papel membretado, poner un timbre, firma y sello en el documento, para asegurar que los datos incluidos son reales, ciertos y confiables.

Para solicitar una certificación de ingresos, se deben presentar facturas, recibos de dinero, cheques o transferencias que dan origen a los ingresos; así como los comprobantes o justificantes de los gastos relacionados, con los ingresos obtenidos. También se puede proporcionar la declaración de impuestos sobre la renta para probar la actitud económica que ejerce.

Ahora bien, en cuanto al costo de una Certificación de Ingresos el colegio establece una tabla de referencia, pero para la realización del documento, se tienen que tener en cuenta varios factores, como el monto a certificar y la cantidad de horas a invertir porque en definitiva recuerden que muchas veces “lo barato sale caro”.

Por otro lado, el CPA no puede emitir una certificación de ingresos, si el respaldo presentado por el cliente carece de aspectos formales, o no hay cuenta bancaria, en cuyo caso se emite lo que se llama un «Estudio de Ingresos» (documento con fe pública, pero con un rango bastante menor de certeza, en la aseveración por parte del CPA), por ejemplo lo que se le podría hacer a un taxista, un vendedor ambulante, alguien acogido al régimen simplificado, ó una persona cuyos ingresos son difíciles de demostrar, pero que dado el desconocimiento de los analistas bancarios, (en mi experiencia), no lo aceptan como válido. El Contador Público debe utilizar la tabla y solicitar todos los documentos necesarios para realizar su trabajo, bajo las normas de calidad correspondientes, y debe cobrar como mínimo basado en la tabla, no es lo que el cliente quiera pagar, ya que de no ser así, se expone a sanciones por parte de la fiscalía del colegio. Y por último colegas, no nos mejemos la manguera,

A sus órdenes

Jorge Gutiérrez Guillén

 

 

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