Sala Constitucional abre la puerta para aprobar Impuesto a Personas Jurídicas
La Sala Constitucional dio el visto bueno al proyecto de “Ley de Impuesto a Personas Jurídicas” que gravaría a las sociedades anónimas con tarifas de hasta ¢213.100. De forma unánime, los Magistrados de la Sala IV afirmaron no encontrar vicios en los procedimientos ni algún tipo de violación a los principios de capacidad contributiva. Por mayoría, la Sentencia tampoco encuentra vicios de fondo en el proyecto. La decisión de la Sala Cuarta otorga a los diputados el visto bueno para aprobar el proyecto de ley en Segudo Debate en el Plenario. Este texto integra tarifas diferenciadas y escalonadas a partir del tipo de sociedad a la que se realiza el cobro.
Por ejemplo, si las sociedades se encuentran inactivas ante Tributación el cobro que aplicaría para la persona jurídica sería equivalente al 15% del salario base mensual de un auxiliar administrativo del Poder Judicial (¢63.930). Las tarifas ascienden escalonadamente hasta llegar a los ¢213.100 para las sociedades que tengan actividad económica y que muestren ingresos brutos anuales superiores a los ¢118.720.000.
Con la aprobación en segundo debate, los diputados revivirían algo parecido al antiguo impuesto a sociedades anónimas que estuvo vigente entre el 2012 hasta el 2015, cuando la Sala Constitucional lo declaró inconstitucional por errores en el proceso de aprobación en la Asamblea Legislativa. El nuevo texto perdona o concede una amnistía de tres meses a las multas de las sociedades que no pagaron el tributo en esos años, siempre que se apersonen a cancelar los impuestos pendientes.