Sociedades anónimas dejarán de existir el 1° de enero (resumen)
Hacienda, Banco Central e Instituto de Control de Drogas tendrán acceso a la información
“La información recabada por el registro está directa e indirectamente vinculada con el cumplimiento fiel de los deberes tributarios. Como parte de las herramientas para luchar contra el fraude fiscal, las sociedades anónimas dejarán de existir a partir del 1° de enero de 2019. Se trata de la implementación del Registro de Accionistas y Beneficiarios Finales, allí deben quedar inscritos los dueños, persona física y que sea beneficiaria final, de cualquier sociedad o estructura jurídica costarricense. Deberán reportarse los socios con participación igual o mayor a un 15% del capital social; obligación que tendría que cumplirse anualmente, o bien, cada vez que algún accionista igualase o superase dicho rango de participación. ¿Quiénes debemos cumplir con la obligación de entregar esta información?
Con esto prácticamente se pierde la condición de anónima de una sociedad, porque se tiene que dar obligatoriamente esa información, que será manejada por la Dirección de Tributación, Banco Central y el Instituto de Control de Drogas. Esta nueva normativa tendrá un gran impacto, porque no solo se trata de llenar un formulario, lo más importante es que la información que se brinda debe ser verídica, pues de lo contrario las empresas enfrentarán severas sanciones. Para el caso de sociedades o personas jurídicas domiciliadas en el extranjero, será el representante legal o autorizado quien debe proveer los datos sobre la totalidad de las participaciones que posean esas personas jurídicas, hasta llegar a identificar a los beneficiarios finales. El plazo ordinario de presentación de la declaración es una vez al año, del primero al 30 de abril. No obstante, aún parece que existen dudas sobre la implementación de dicho reglamento, tal y como ocurrió con el arranque de la obligatoriedad de la factura electrónica.
La nación