Declaraciones informativas mensuales: un nuevo estándar de cumplimiento tributario para Costa Rica en 2026

Fuente principal: Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (CCPCR)

Costa Rica enfrenta un cambio estructural en su modelo de reporte fiscal. A partir de 2026, varias declaraciones informativas que históricamente se presentaban una vez al año pasarán a ser obligaciones mensuales. Este ajuste no es simplemente un cambio de formulario: representa una transición hacia un sistema tributario más dinámico, basado en datos y alineado con las tendencias internacionales de digitalización fiscal.

Para las empresas, los profesionales independientes y las organizaciones públicas, este nuevo esquema demandará mayor disciplina documental, procesos contables más robustos y una revisión profunda de los mecanismos internos de control.

Un nuevo entorno: precisión mensual en lugar de acumulación anual

Hasta ahora, muchos errores se detectaban únicamente al cierre del año. Con la migración a reportes mensuales, ese margen desaparece. Los datos deberán ser oportunos, coherentes y consistentes entre clientes, proveedores y terceros. La fiscalización se volverá más inmediata, especialmente en un entorno en el que Hacienda prioriza el análisis automatizado y el cruce electrónico de datos.

D-151 se despide: nace la D-270 mensual

La última presentación anual de la D-151 corresponderá al periodo 2025 y deberá enviarse en los primeros diez días naturales de enero de 2026. A partir de ahí, esta obligación se convertirá en la nueva D-270, con presentación mensual.

Este cambio obligará a las organizaciones a:
• Mantener actualizados sus catálogos de clientes y proveedores.
• Registrar transacciones con mayor puntualidad.
• Evitar diferencias entre la información reportada y la contable que respalda cada movimiento.

Por ejemplo, si un proveedor reporta una transacción en enero y el cliente la registra hasta febrero, el sistema puede detectar la inconsistencia. Este tipo de escenarios será más visible con el nuevo modelo mensual.

D-152 se transforma en la D-299: retenciones con trazabilidad mensual

La declaración anual de retenciones (D-152) también evoluciona. A partir de 2026 se sustituye por la D-299, que deberá presentarse cada mes. Esto requiere procesos más ordenados para identificar retenciones a tiempo, documentarlas correctamente y evitar ajustes posteriores.

Un error frecuente es registrar una retención en el ERP pero no reportarla en la declaración. Con la periodicidad mensual, estas omisiones serán más visibles para la administración tributaria.

Nueva D-225: precios de transferencia con fecha límite 30 de junio de 2026

El próximo año también incorpora un desafío adicional: la Declaración Informativa de Precios de Transferencia (D-225). Las empresas deberán evaluar si existen operaciones con partes vinculadas y determinar si se realizaron bajo condiciones de plena competencia. Esto requiere análisis técnico, documentación adecuada y la revisión de las políticas internas de fijación de precios.

En la práctica, una empresa podría descubrir que un servicio intercompañía fue facturado sin suficiente sustento técnico, lo que incrementa el riesgo de contingencias. El objetivo de la D-225 es precisamente dar transparencia a estas relaciones.

Sanciones que refuerzan la importancia del orden interno

Las multas asociadas al incumplimiento no son menores:
• No presentar una declaración puede implicar un 2% de los ingresos brutos, con un mínimo de tres salarios base.
• Reportar datos incorrectos puede generar un cargo del 1% del salario base por cada registro con error.

La frecuencia mensual amplifica la exposición al riesgo: un descuido operativo puede convertirse fácilmente en múltiples sanciones acumuladas.

Recomendaciones técnicas para una transición efectiva

Para enfrentar esta transformación, las organizaciones deberían iniciar una revisión inmediata de sus procesos. Algunas acciones clave incluyen:

  1. Verificar que el ERP o el sistema contable permita parametrizar correctamente los datos reportables.
  2. Revisar los catálogos de clientes, proveedores y terceros para evitar inconsistencias.
  3. Establecer responsables internos para cada declaración mensual.
  4. Simular el proceso de presentación previo a enero de 2026 para identificar brechas.
  5. Fortalecer los controles internos de cierre contable y las conciliaciones mensuales.

Un enfoque preventivo evitará sanciones, reducirá los reprocesos y aumentará la confiabilidad de la información financiera.

Una oportunidad para modernizar y profesionalizar los procesos contables

Aunque el cambio representa un reto operativo, también abre la puerta a modernizar los sistemas de registro, automatizar los flujos documentales y elevar el estándar de cumplimiento tributario en el país. Las organizaciones que adapten sus procesos ahora contarán con una ventaja significativa frente a las que reaccionen tarde.

Este nuevo modelo tributario no busca únicamente fiscalizar: incentiva la transparencia y la calidad de la información financiera, elementos clave para la toma de decisiones empresariales.

Fuentes oficiales

• Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica (CCPCR). Comunicado oficial sobre la transición de las declaraciones informativas: D-151, D-152 y las nuevas D-270, D-299 y D-225.
• Ministerio de Hacienda. Resolución MH-DGT-RES-0055-2025 y lineamientos técnicos publicados en Tribu-CR.
• Código de Normas y Procedimientos Tributarios (CNPT), artículos relacionados con las sanciones por omisión y por datos incorrectos.

Jorge Enrique Gutiérrez Guillén, CPA
Socio Director | JGutierrez Auditores Consultores S.A.
Autorizados por SUGEVAL, SUGEF, SUPEN y SUGESE
Cartago, Costa Rica
[email protected] | +506 2552-5433 | +506 8811-5090
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