Guía práctica para acreedores de Coopeservidores que aún no han iniciado trámite judicial

Actualizada al 11 de julio de 2025

Si usted es persona física, empresa o asociación y Coopeservidores le adeuda dinero, pero aún no ha iniciado ningún trámite formal para reclamarlo, esta guía le explica paso a paso cómo apersonarse al proceso judicial para buscar el reconocimiento de su crédito.


PASO 1: Apersonarse formalmente ante el Juzgado Concursal

Usted debe presentar un escrito firmado por un abogado dirigido al expediente N.º 25-000127-0958-CI, tramitado en el Juzgado Concursal del I Circuito Judicial de San José.

Este documento no puede ser verbal ni informal. Debe cumplir con lo establecido en la Ley Concursal 9957 y el Código Procesal Civil 9342.

El escrito debe incluir:

  • Su identificación como acreedor.
  • El nombre del abogado que lo representa.
  • Una dirección electrónica validada por el Poder Judicial (ver paso 2).
  • Una solicitud expresa de apersonamiento.

PASO 2: Validar su correo electrónico ante el Poder Judicial

El sistema judicial no aceptará correos no validados para notificaciones oficiales.

Para validar el suyo:

  1. Ingrese al sitio del Poder Judicial y complete el formulario de validación.
  2. Recibirá un correo con un enlace de confirmación.
  3. Posteriormente, otro correo confirmará que su dirección quedó registrada oficialmente.

Este paso es fundamental para asegurar que reciba todas las notificaciones del expediente sin demoras ni omisiones.


PASO 3: Esté atento a la publicación de la sentencia de apertura del concurso

Una vez que el Juzgado publique oficialmente la sentencia de apertura en un medio de circulación nacional, se activa el siguiente paso.


PASO 4: Legalizar su crédito (tiene 15 días hábiles)

Debe presentar documentos que respalden que Coopeservidores le adeuda dinero, conforme al artículo 35 de la Ley Concursal.

Esto no es automático: la deuda debe ser probada documentalmente.

Documentos válidos pueden incluir:

  • Contratos de inversión.
  • Certificados de depósito.
  • Estados de cuenta o correspondencia oficial.

Si usted aparece en la lista oficial de acreedores de la SUGEF, no está obligado a legalizar su crédito, salvo que desee corregir el monto registrado.
Esta precisión fue destacada también en el artículo publicado el 5 de julio, donde se analiza el caso de una asociación solidarista que mantiene ₡250 millones aún no recuperados, pese a figurar en listados previos.


PASO 5: Entregar los documentos

Puede hacerlo de dos formas:

A. En físico

  • En la Oficina de Recepción de Documentos del Poder Judicial
    Primer piso, Torre Judicial (costado norte de la Corte Suprema de Justicia, San José)

B. En línea

  • Por medio del Sistema de Gestión en Línea del Poder Judicial
  • Requiere obtener usuario y contraseña previamente en cualquier juzgado.

PASO 6: Atención de consultas

Si tiene dudas o necesita seguimiento:

  • Diríjase al Juzgado Concursal del I Circuito Judicial, 8.º piso, Torre Judicial.
  • Llame al teléfono 2212-0100.

Recomendación estratégica

Si usted representa una asociación solidarista, le recomendamos además consultar el análisis publicado el 5 de julio de 2025:


“¿Qué pueden hacer las asociaciones solidaristas que aún tienen millonarias pendientes en Coopeservidores?”
Este artículo expone cuatro acciones estratégicas para mejorar la recuperación de los fondos:


✅ esperar nuevas distribuciones,
✅ solicitar informes,
✅ revisar contabilidad interna,
✅ y evaluar acciones legales si corresponde.

📎 Disponible en: www.consultoresjg.com/articulos-coopeservidores

Jorge Gutiérrez Guillén
Contador Público Autorizado – CPA
Socio Director
JGutierrez Auditores Consultores S.A.
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