Hacienda regulará ingresos de influencers en Costa Rica: lo que debe saber para 2026
A partir del 30 de abril de 2026, los creadores de contenido en Costa Rica deberán reportar sus ingresos a Hacienda, incluyendo colaboraciones pagadas, regalías, membresías y transmisiones en vivo. La medida responde a la resolución MH-DGT-RES-0025-2024, en cumplimiento con los acuerdos de la OCDE sobre intercambio automático de información fiscal.
Esto significa que plataformas como TikTok, YouTube, OnlyFans, Spotify y Meta reportarán directamente a Tributación los pagos realizados a los creadores costarricenses, lo que permitirá a Hacienda verificar si fueron declarados.
Claves de la normativa
- Fecha de inicio: 30 de abril de 2026.
- Obligación: Aplica a toda persona que monetice contenido en plataformas digitales.
- Reporte: Las plataformas enviarán la información a Hacienda automáticamente.
- Formalización: Influencers deberán inscribirse como contribuyentes, emitir factura electrónica y declarar IVA y renta.
- Seguridad social: Afiliación obligatoria a la CCSS como trabajador independiente.
Tipos de ingresos y su tributación
| Tipo de ingreso | Ejemplo | Tasa aproximada |
| Activos | Colaboraciones, contratos publicitarios | Hasta 25% sobre renta neta |
| Pasivos | Membresías, regalías, suscripciones | 15% sobre renta bruta |
| Extraterritoriales | Pagos vía PayPal u otras plataformas | Depende de nexo territorial |
“La formalización ya no es opcional. Las plataformas reportarán cuánto paga cada creador y, si esos ingresos no aparecen en la declaración, el contribuyente enfrentará ajustes, multas e intereses”, explicó Gabriel Zamora, abogado tributario.
Ejemplos prácticos
- Colaboraciones con marcas: Un influencer que cobra $100 por un video promocional debe emitir factura electrónica con IVA.
- Regalos virtuales: Un creador que recibe $50 en transmisiones en vivo por TikTok debe declararlo como ingreso pasivo.
- Pagos internacionales: Si un creador recibe $200 vía PayPal desde EE. UU., Tributación podrá revisar si corresponde declararlo como renta en Costa Rica.
Impacto en la comunidad de influencers
Aunque la percepción suele asociar a los influencers con altos ingresos, la realidad en Costa Rica es distinta:
- Ignacio Escalante (TikTok, 25.500 seguidores) tuvo 9,2 millones de vistas en un video, pero no recibió ingresos directos, ya que TikTok no paga monetización en Costa Rica.
- Daniela Portillo (TikTok, 33.100 seguidores) cobra alrededor de $80 por video promocional gracias a contratos con marcas.
- Nicole Vargas (1 millón de seguidores en TikTok) recibe ingresos mediante regalos virtuales en transmisiones en vivo, canjeados por dinero real a través de PayPal.
Estos casos muestran que, aunque no siempre se trate de fortunas millonarias, sí existe una actividad económica formalizable.
Mitos y realidades sobre la fiscalización
- ¿Es un impuesto nuevo?
No. Se aplican los impuestos ya existentes (IVA y renta). - ¿Aplica si recibo regalos virtuales o regalías?
Sí. Todo ingreso debe declararse, sin importar su origen. - ¿Qué pasa si no me inscribo en Hacienda?
Puede haber ajustes tributarios, multas de hasta el 150% del impuesto omitido, más intereses. - ¿Debo pagar si solo recibo dinero como hobby?
Si no hay ánimo de lucro constante ni contratos, no aplica. Pero en cuanto exista una actividad lucrativa, sí debe reportarse.
Contexto internacional
Costa Rica no está sola en este proceso. Países como España, México y Colombia ya regulan a los creadores de contenido digital, imponiendo obligaciones fiscales similares. El país se suma así a la tendencia global de formalizar la economía digital.
Conclusión
La fiscalización de los influencers costarricenses refleja cómo la economía digital dejó de ser informal. Ahora, la transparencia tributaria es parte del camino hacia la profesionalización del contenido en redes sociales. Quien monetice, deberá tributar como cualquier otro profesional independiente.
Jorge Gutiérrez Guillén, CPA
Socio Fundador | JGutierrez Auditores Consultores S.A.
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Fuentes: Ministerio de Hacienda, Resolución MH-DGT-RES-0025-2024, OCDE, entrevistas con creadores de contenido costarricenses.
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