AICPA propone aclarar la definición de “equipo de encargo de atestiguamiento” y su impacto en la independencia profesional

El American Institute of Certified Public Accountants (AICPA), por medio de su Professional Ethics Executive Committee (PEEC), publicó el 16 de marzo de 2026 un documento de exposición con propuestas de modificación a la definición de “attest engagement team”, o equipo de encargo de atestiguamiento, dentro del AICPA Code of Professional Conduct. El objetivo de la propuesta es mejorar la claridad de la definición y alinearla con otros estándares profesionales del AICPA.

Esta definición es relevante porque permite determinar quiénes forman parte del equipo del encargo y, por tanto, quiénes deben cumplir con la Independence Rule y sus interpretaciones relacionadas. Según el AICPA, si la propuesta llega a aprobarse, se espera que contribuya a mejorar la consistencia con la que las firmas identifican a los individuos que integran el equipo de encargo.

¿Qué busca aclarar la propuesta?

La revisión no pretende modificar sustancialmente el concepto, sino precisar su aplicación práctica. De acuerdo con la información publicada, el equipo de encargo de atestiguamiento seguiría incluyendo a las personas que participan directamente en el encargo, incluyendo quienes realizan revisiones concurrentes o revisiones de calidad del encargo. También se mantiene la inclusión de empleados y contratistas retenidos por la firma que participen en el encargo, sin importar su clasificación funcional, por ejemplo auditoría, impuestos o consultoría.

El principal cambio está en hacer más explícitas ciertas exclusiones que anteriormente podían generar dudas interpretativas. La propuesta identifica como excluidos a los auditores internos, especialistas externos del auditor, especialistas externos del profesional, auditores referidos y profesionales referidos.

Principales exclusiones propuestas

La propuesta aclara que no formarían parte del equipo de encargo de atestiguamiento:

  • Los auditores internos.
  • Los especialistas externos del auditor.
  • Los especialistas externos del profesional.
  • Los auditores referidos.
  • Los profesionales referidos.
  • Las personas que realizan únicamente funciones clericales o rutinarias, tales como procesamiento de texto o fotocopiado.

Uno de los cambios relevantes consiste en sustituir el término genérico “especialistas” por referencias más precisas a especialistas externos del auditor y especialistas externos del profesional, con el fin de evitar interpretaciones amplias o restrictivas que pudieran afectar la aplicación de las reglas de independencia.

Importancia para las firmas de auditoría y aseguramiento

La correcta delimitación del equipo de encargo es un aspecto esencial para la gestión de independencia, conflictos de interés y control de calidad. Una definición más precisa facilita que las firmas documenten adecuadamente quién participó en el encargo, cuál fue su rol y qué requisitos éticos aplican a cada persona.

Desde una perspectiva práctica, las firmas deberían prepararse para revisar sus políticas internas de independencia, sus procedimientos de identificación del equipo de trabajo y sus procesos de documentación. También será necesario capacitar al personal involucrado en servicios de auditoría, atestiguamiento y aseguramiento, especialmente en encargos donde participen especialistas externos, auditores internos u otros terceros.

Vigencia y estado actual de la propuesta

Al 20 de mayo de 2026, esta modificación se mantiene como una propuesta en exposición pública, no como una norma final aprobada. El AICPA indicó que el plazo para recibir comentarios vence el 1 de junio de 2026.

De acuerdo con Thomson Reuters, la propuesta recomienda que, si se aprueba, la definición revisada aplique para encargos de atestiguamiento que comiencen a partir del 15 de diciembre de 2026, permitiéndose implementación anticipada.

Relevancia para el contexto profesional

Aunque se trata de una propuesta dentro del marco ético del AICPA, su análisis resulta útil para firmas de auditoría y aseguramiento fuera de Estados Unidos, incluyendo Costa Rica, porque refuerza un principio clave de la práctica profesional: la independencia debe evaluarse sobre la base de roles reales, responsabilidades efectivas y participación sustantiva en el encargo.

Para firmas como JGutierrez Auditores Consultores S.A., este tipo de actualización internacional confirma la importancia de mantener procedimientos claros para identificar el equipo de trabajo, documentar la participación de terceros y fortalecer la trazabilidad del juicio profesional en los encargos de auditoría y aseguramiento.

Conclusión

La propuesta del AICPA representa un avance técnico importante en la clarificación del concepto de equipo de encargo de atestiguamiento. Si bien no busca cambiar la esencia del concepto, sí fortalece su aplicación práctica al precisar quiénes deben considerarse dentro o fuera del equipo.

Esta claridad contribuye directamente a tres pilares fundamentales de la profesión contable: la independencia, la calidad del trabajo y la confianza pública en los informes de auditoría y atestiguamiento. En un entorno profesional cada vez más especializado, digital y regulado, contar con definiciones claras permite a las firmas aplicar con mayor seguridad los principios éticos y elevar la calidad de sus servicios profesionales.

Jorge Gutiérrez Guillén, CPA
Socio Fundador & Representante Legal
JGutierrez Auditores Consultores S.A.

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