Cumplimiento de precios de transferencia en Costa Rica: queda una semana para el vencimiento del período fiscal 2024
¿Qué son los precios de transferencia?
Los precios de transferencia son los valores, márgenes o condiciones pactadas en operaciones realizadas entre partes relacionadas. En términos simples, buscan verificar que esas transacciones se hayan efectuado bajo condiciones de mercado, como si hubieran sido acordadas entre partes independientes.
En Costa Rica, este tema tiene relevancia tributaria directa, porque la Administración Tributaria puede revisar si las operaciones entre vinculadas afectan la correcta determinación de la base imponible del impuesto sobre las utilidades. La normativa vigente no solo exige analizar estas transacciones bajo el principio de libre competencia, sino también, en determinados casos, presentar una declaración informativa anual a través de TRIBU-CR.
¿Quiénes deben prestar atención a esta obligación?
Este tema no aplica solo a grandes grupos multinacionales. También puede alcanzar a empresas locales que realizan operaciones con partes relacionadas, tanto dentro como fuera de Costa Rica.
Deben revisar con especial cuidado su situación los contribuyentes del impuesto sobre las utilidades que se ubiquen en escenarios como estos:
- grandes contribuyentes nacionales con operaciones con vinculadas;
- contribuyentes del régimen de zona franca con operaciones con vinculadas; y
- contribuyentes que realicen operaciones nacionales o transfronterizas con partes relacionadas que, de forma individual o conjunta, superen el umbral definido por la normativa.
Esto significa que muchas empresas que antes pensaban que este tema no les aplicaba hoy deberían revisarlo de inmediato, especialmente si manejan servicios intragrupo, financiamientos, regalías, cuentas corrientes, compra y venta de bienes, cargos administrativos o estructuras corporativas con compañías relacionadas.
¿Qué se debe presentar?
Aquí conviene distinguir dos frentes: la declaración informativa y el estudio de precios de transferencia.
Declaración informativa
La declaración informativa anual de precios de transferencia es el reporte formal que debe presentarse ante la Dirección General de Tributación, mediante TRIBU-CR, cuando se cumplen los supuestos previstos por la normativa vigente. En ese formulario se reportan, entre otros aspectos, las partes vinculadas, el período fiscal, las operaciones realizadas y ciertos datos metodológicos utilizados con fines de control tributario.
Estudio de precios de transferencia
El estudio de precios de transferencia es el documento técnico que sustenta que las operaciones entre partes relacionadas fueron pactadas conforme al principio de libre competencia.
No debe verse como un simple requisito documental. Es el respaldo técnico que permite defender ante Tributación que los precios, márgenes o condiciones aplicados son razonables y comparables con los de mercado. En la práctica, llegar al vencimiento sin ese soporte preparado debilita seriamente la posición del contribuyente.
¿Hasta cuándo hay tiempo para presentar la declaración del período fiscal 2024?
Aquí está el punto más importante hoy: para la declaración informativa de precios de transferencia del período fiscal 2024, el plazo fue fijado a más tardar para el martes 31 de marzo de 2026. Esa fecha deriva de la modificación publicada posteriormente a la resolución original.
Eso significa que, al día de hoy, queda apenas una semana.
Y ese detalle cambia por completo el enfoque del cumplimiento. A estas alturas, una empresa obligada que todavía no ha revisado sus operaciones con vinculadas, no ha conciliado montos, no ha validado contratos, no ha definido criterios técnicos y ni siquiera ha empezado el estudio, ya no está en fase de planificación. Está en fase de contingencia.
¿Y qué pasa con el período fiscal 2025?
La misma publicación confirmó que, tratándose de la declaración informativa del período fiscal 2025, el plazo de presentación vence el 30 de junio de 2026.
Pero hoy la urgencia real está en el período 2024. Ese es el vencimiento que está encima y el que muchas empresas todavía no han atendido con la seriedad necesaria.
¿Por qué dejar esto para el final es tan riesgoso?
Porque este no es un cumplimiento que se resuelva correctamente en los últimos días.
Preparar una declaración de precios de transferencia exige identificar operaciones con vinculadas, revisar contratos, depurar saldos, validar montos, definir la caracterización de cada transacción y sustentar técnicamente el método aplicado. Cuando ese trabajo se deja para última hora, aumenta el riesgo de presentar información incompleta, inconsistente o sin respaldo técnico suficiente.
En otras palabras: no se trata solo de presentar un formulario; se trata de poder defender lo presentado.
¿Qué riesgos existen por incumplimiento?
El riesgo no se limita a no presentar la declaración. También existe exposición cuando se presenta tarde, con errores, con omisiones o sin soporte técnico sólido.
La resolución vigente advierte que, ante incumplimientos totales o parciales en el suministro de la información, la Administración Tributaria podrá iniciar el procedimiento por infracción administrativa correspondiente. A eso se suma el riesgo de ajustes fiscales, sanciones e intereses, además de una posición más débil del contribuyente frente a una eventual fiscalización.
El mensaje hoy es claro
Si tu empresa realiza operaciones con partes relacionadas y todavía no ha determinado formalmente si está obligada a declarar, o si está obligada pero aún no tiene listo su estudio de precios de transferencia del período fiscal 2024, el momento de actuar es ahora.
Estamos a una semana del vencimiento. Esperar más no reduce el problema: lo agrava.
¿Necesitas apoyo inmediato con precios de transferencia?
En JGutierrez Auditores Consultores S.A. apoyamos a las empresas en:
- evaluación de operaciones con partes relacionadas;
- determinación de obligación formal de declarar;
- preparación del estudio de precios de transferencia;
- revisión del cumplimiento formal en TRIBU-CR; y
- acompañamiento preventivo ante riesgos tributarios.
Si tu empresa aún no ha preparado el estudio del período fiscal 2024, esta última semana puede ser decisiva para ordenar la información, reducir riesgos y atender el cumplimiento con criterio técnico y sentido de urgencia.
Contáctanos hoy mismo.
Jorge Gutiérrez Guillén, CPA
Socio Fundador & Representante Legal | Founding Partner & Legal Representative
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Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 81 bis.
Reglamento a la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 74 al 83.
Resolución MH-DGT-RES-026-2025.
Publicación posterior que modificó el plazo transitorio del período fiscal 2024 al 31 de marzo de 2026 y confirmó el vencimiento del período 2025 al 30 de junio de 2026.
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