Timbre de Educación y Cultura: regulariza tu situación y evita sanciones

El plazo para pagar el Timbre de Educación y Cultura (TEC) sin recargos ni intereses venció el 31 de marzo de 2026. Esta obligación aplica, en términos generales, a sociedades mercantiles y subsidiarias de sociedad extranjera inscritas en la Sección Mercantil del Registro Público.

Si tu sociedad aún no ha cumplido, conviene revisar de inmediato su situación en TRIBU-CR / OVi. Hacienda indicó que el pago puede realizarse por Débito en Tiempo Real (DTR) o en ventanillas de BCR y BAC. Si el monto no aparece disponible, debe verificarse la presentación de la información que sirve de base para el cálculo.

Importante: esta obligación no aplica a las personas físicas por esa sola condición. En 2026, Hacienda habilitó, además, mecanismos específicos para ciertos casos de personas jurídicas, incluyendo sociedades inactivas, el Régimen de Tributación Simplificada y las rentas de capital.

Antecedente y finalidad: el Timbre de Educación y Cultura tiene su fundamento en la Ley N.° 5923 y fue creado como un tributo destinado a la educación y la cultura. Su marco legal ha sufrido reformas posteriores para fortalecer los destinos específicos de esos recursos.

Tabla de pago TEC período 2025

Capital social / capital netoImpuesto TEC
De ¢0 a ¢500.000¢5.000
De ¢500.001 a ¢2.000.000¢6.000
De ¢2.000.001 a ¢4.000.000¢12.000
De ¢4.000.001 en adelante¢18.000

Estas tarifas fueron comunicadas por Hacienda para el período 2025.

Atención a las sanciones: cuando una declaración tributaria autoliquidativa no se presenta dentro del plazo legal, el artículo 79 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios establece una multa equivalente al 50% del salario base. Para 2026, esto corresponde a ¢231.100. Si además existía un impuesto pendiente de pago, también podrían generarse recargos, intereses y otras consecuencias por mora.

Evita multas y recargos innecesarios: contar con apoyo contable oportuno ayuda a prevenir sanciones por presentación tardía de declaraciones autoliquidativas y por pagos fuera de plazo. Busca un contador que te ayude a revisar tus obligaciones a tiempo y a mantener tu cumplimiento tributario al día.

En JGutierrez Auditores Consultores S.A. te apoyamos en la revisión de tus obligaciones tributarias para que tu empresa mantenga su cumplimiento formal al día.

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